Las cenizas volantes no podrán contener elementos perjudiciales en cantidades tales que puedan afectar a la durabilidad del hormigón o causar fenómenos de corrosión de las armaduras.
Las cenizas volantes deben tener marcado CE (sujetas la norma UNE-EN 450-1) y la declaración de prestaciones (DdP) deberá recoger los siguientes requisitos esenciales:
–Sulfatos (SO3), según UNE-EN 196-2: ≤ 3,0 %.– Cloruros (Cl-), según UNE-EN 196-2: ≤ 0,10 %.
–Óxido de calcio libre, según UNE-EN 451-1: ≤ 1,5 %.
–Óxido de calcio reactivo, según UNE-EN 451-1: ≤ 10 %.
–Pérdida por calcinación, según UNE-EN 196-2 (categoría A): ≤ 5,0 %.– Finura, según UNE-EN 451-2.
•Cantidad retenida por el tamiz de 45 µm (Clase N): ≤ 40 %.
•Cantidad retenida por el tamiz de 45 µm (Clase S): ≤ 12 %.
– Demanda de agua, según UNE-EN 451-2 (Clase S): ≤ 95 %. – Índice de actividad resistente, según UNE-EN 196-1.
•a los 28 días: ≥ 75 %.
•a los 90 días: ≥ 85 %.
–Estabilidad de volumen, según UNE-EN 196-3 < 10mm.
La especificación relativa a la expansión solo debe tenerse en cuenta si el contenido en óxido de calcio libre supera el 1,5 % sin sobrepasar el 2,5 %.
La especificación relativa a la demanda de agua solo debe tenerse en cuenta para cenizas volantes de categoría de finura S.
Los resultados de los análisis y de los ensayos previos estarán a disposición de la dirección facultativa.
32.2 Prescripciones y ensayos del humo de sílice.
El humo de sílice no podrá contener elementos perjudiciales en cantidades tales que puedan afectar a la durabilidad del hormigón o causar fenómenos de corrosión de las armaduras.
El humo de sílice debe tener marcado CE (conforme a la norma UNE-EN 13263-1+A1) y la declaración de prestaciones (DdP) deberá recoger los siguientes requisitos esenciales:
–Dióxido de silicio (SiO2), según UNE-EN 196-2: ≥ 85 %.
–Pérdida por calcinación, según UNE-EN 196-2: < 4,0 %.
–Índice de actividad resistente, según UNE-EN 13263-1+A1: ≥ 100 %.
–Silicio elemental, según ISO 9286: ≤ 0,4 %.
–Óxido de calcio libre, CaO (l): ≤ 1,0 %.
–Sulfatos, expresado en SO3: ≤ 2,0 %.
–Cloruros (Cl-), según UNE-EN 196-2: ≤ 0,3 %.
–Superficie específica, según ISO 9277 (Se, en m2/g): 15,0 ≤ Se ≤ 35,0.
Los resultados de los análisis y de los ensayos previos estarán a disposición de la dirección facultativa.